Descripción
Los inmuebles seleccionados para la Campaña tienen asignado un “precio de referencia” no teniendo éste la consideración de oferta contractual; el precio de referencia es meramente indicativo, será el oferente quien deba especificar en su oferta el precio al que está dispuesto a adquirir el inmueble, pudiendo presentarse ofertas tanto superiores como inferiores al indicado “precio de referencia”, pudiendo el vendedor aceptar o rechazar dicho precio.
Esta campaña tiene una duración limitada por lo que las ofertas se deberán presentar durante los 7 días posteriores a la publicación del inmueble dentro de la “campaña ” siendo requisito haber visitado el mismo. Dicho plazo puede ampliarse en 7 días adicionales si hubiera visitas pendientes solicitadas en dicho período que no se hubieran podido realizar.
El inmueble será adjudicado tras la finalización de la presentación de ofertas en atención a lo indicado en el párrafo anterior, al ofertante que presente un mayor precio, y en caso de igualdad de las ofertas, será escogido el postor que hubiera remitido su oferta en primer lugar.
La propiedad podrá, en cualquier momento, retirar el inmueble de la campaña, no seleccionar ninguna de las ofertas presentadas o no admitir la operación de compraventa cuando no se cumplan las políticas internas relativas a Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Precio de referencia: El precio de referencia recogido en la información sobre este inmueble no es el precio final de venta del mismo sino un precio meramente orientativo. Como consecuencia de lo anterior, será el oferente quien deba especificar en su oferta el precio al que está dispuesto a adquirir el inmueble, pudiendo el vendedor aceptar o rechazar dicho precio.